ISLA “ 27 DE ENERO” PARANÁ DE LAS PALMAS
OBRAS E INVERSIONES 2018 – 2019
“UN PROYECTO EN MARCHA”
La oposición intento con maniobras suspender estas importantes obras y mejoras necesarias que incrementaron el patrimonio de nuestro sindicato y mejoro la seguridad del afiliado/a y su grupo familiar concurrente.
Comunicado: Finalizada la etapa de las obras, se habilitará el predio a partir del 01/09/2017.
Obras Isla “27 de Enero”:
Disposiciones Generales Vigentes
Estadía sin cargo alguno para el Afiliado/a y su grupo familiar a cargo.
Compañeros/as Afiliados/as
Para disfrutar de las instalaciones de la Isla “27 de Enero”, deberá llamar con anterioridad a Nuestra Sede Central a los teléfonos 4611-7428, 4612-7826, 4613-1979/3960 en el horario de 09:00 a 18:00 hs. de esta manera obtendrá la reserva con la orden correspondiente, evitándose inconvenientes al momento del arribo a la isla.
Documentación Identificadora:
Es obligación del afiliado que concurra a la isla, presentar al Sr. Encargado la orden suministrada por la Organización Gremial, carnet de afiliado con cupón de la cuota Sindical al día, último recibo de sueldo y Documento de Identidad. Siendo registrado en el correspondiente libro de registro de afiliado.
Uso de Armas:
Queda terminantemente prohibió la exhibición y portación de armas de fuego, armas de aire comprimido de cualquier tipo y/o armas blancas. Quien la porte será retirado del predio por la Prefectura Naval Argentina.
Destrucción de Arboles o Plantas:
Queda terminantemente prohibido la destrucción de plantas o árboles. Para el encendido del fuego deberá utilizarse la madera destinada para tal fin y encender el mismo en los lugares determinados por el Sr. Encargado.
Iluminación y/o Faroles:
Se comunica a todos los Afiliados/as que en dicho predio funciona 2(dos) grupos electrógenos, 1 (un) equipo permanecerá encendido hasta las 24 hs. el que abastece de electricidad a todo el complejo, incluyendo el muelle de pesca y atracadero para el descenso de pasajero. El muelle cuenta con nueva iluminación que posibilitará realizar la actividad de pesca hasta las 24 hs. El afiliado/a que permanezca en el mismo después de este horario deberá llevar linterna o farol, por cuanto lo existente son de uso exclusivo para caso de emergencia, por consiguiente el Sr. encargado no podrá hacer entrega de los mismos, para uso de la pesca. No habrá excepciones referente al uso de estos elementos.
Imprudencia:
La Organización no se hará responsable por aquellos afiliados/as que incurrieran en imprudencia al nadar o zambullirse en la costa del Rio Paraná y los canales laterales de desagote, prácticas que se encuentran prohibidas por la Prefectura Naval Argentina y disposiciones Legales Vigentes de la Provincia de Buenos Aires.
Uso de las heladeras:
El afiliado/a tiene la obligación de mantenerlas limpias y en perfecto estado de conservación, siendo responsable de los malos tratos o deterioro causando a las mismas. Queda terminantemente prohibida la conservación en las heladeras la pesca obtenida.
Uso habitacional:
Es obligación mantenerlas en perfecto estado de conservación y limpieza. La destrucción o deterioro por mal uso de estos elementos harán posible a los responsables de las sanciones estatutarias además del cobro, reposición o reparación.
Uso indebido de los elementos recibidos:
Queda terminantemente prohibido el uso de colchones, almohadas y frazadas fuera de las habitaciones asignadas. El Sr. encargado informara a esta Comisión Directiva de las infracciones a esta disposición a fin de tomar las medidas disciplinarias correspondientes.
Uso de las Cocina a Gas:
Quienes hagan uso de dicho elementos deberán conservarlas limpias y en buen estado de funcionamiento, debido a que los mismos, al ser mal usados pueden producir graves daños humanos y materiales.
Frazadas:
El Sr. encargado entregara al afiliado/a una frazada de cama. La misma deberá ser devuelta al final de la estadía siendo responsable el afiliado/a de su pérdida o deterioro.
Sabanas y Fundas:
Los afiliados deberán concurrir provisto de las sabanas y fundas de almohadas. Dicha ropería deberá ser presentada ante el encargado de los contrario no podrá utilizar la cama prevista para su estadía.
Utensilios de Cocina:
El Sr. encargado tendrá obligación de proveer al Afiliado/a los utensilios de cocina que estarán a su exclusivo cargo. El Afiliado/a firmara recibo de conformidad de la entrega, debiendo devolver estos elementos al retirarse de la isla. Los concurrentes deberán desocupar las habitaciones y devolver los elementos entregados por el Sr. encargado 1(una) hora antes de abandonar la isla para verificar el estado de las mismas. La Comisión Directiva y la Administración de la isla no se harán cargo de los extravíos de pertenencias de los concurrentes. Los compañeros afiliados/as que utilicen las instalaciones deberán respetar todas las indicaciones, que el Sr. encargado les imparta, a los efectos de realizar un buen uso y conservaciones de los elementos que esta Organización ha puesto al servicio de los afiliados/as. Respetando las normas se evitara el deterioro innecesario de los mismos y se lograra la posibilidad de brindar el máximo confort a los asistentes, siendo este resultado uno de los más claros objetivos de la Organización. Aquel que incurriera en infracciones, violando las disposiciones vigentes respeto del uso indebido de las instalaciones que son patrimonio del Gremio, podrán ser sancionados mediante el Estatuto Social Vigente Art. 8° Régimen disciplinario y no pudiendo concurrir a este centro hasta nueva disposición de la Comisión Directiva del Gremio.
Invitados y costos:
Por razones de seguridad los seguros de vida o accidentes no están previstos su cobertura.
La Comisión directiva se reserva el derecho de admisión y permanencia en el predio.
Dicho predio es sin cargo para el Afiliado/a y su grupo familiar
La Isla 27 de Enero se encuentra en el Paraná de las Palmas, Partido de Escobar.
Horario de lanchas “El Jilguero” desde el puerto de Escobar:
IDA: Lunes a Domingos 10:00 hs. (SE REQUIERE ESTAR 10 MINUTOS ANTES)
REGRESO: Lunes a Domingos 16:00 hs.
Para llegar al puerto desde la estación de Escobar tomar la Av. Tapia de Cruz, camino al cazador hasta el puerto.
Tomar la lancha “El jilguero” hasta la Isla “27 de Enero TEL:4749-0987
Para solicitar información deben comunicarse a los teléfonos U.P.F.P.A.R.A: CONTACTO.
Ofrece en sus 10 hectáreas las siguientes comodidades:
– 2 Habitaciones de 2 camas
– 8 Habitaciones de 4 camas
– 2 Heladeras y Freezer
-2 Cocinas a gas
-Vajillas de Cocina
-Parrillas y mesas en el parque
-2 Termo de agua caliente de 110 litros
-Baños instalados con agua fría y caliente
-Muelle de pesca con iluminación y atracadero lanchas.
-Parque con frondosa arboleda
-Instalaciones de un zeppelín de gas envasado de 2 Mts3.
Requisito: Obligatorio sin la respectiva orden emitida por la Organización sindical no podrán ingresar a la “Isla 27 de Enero”.
No se otorgarán excepciones.
El aporte del afiliado/a, retorna en beneficios sociales, recreación y esparcimiento ¡¡¡CUIDELO!!! Es suyo. Gracias
“Isla 27 de Enero “
RIO PARANA DE LAS PALMAS
KILOMETRO 81
PROVINCIA DE BUENOS AIRES