UNION PERSONAL DE FÁBRICAS DE PINTURA Y AFINES R.A.

Sede Central: Av. Nazca 845 – C.A.B.A.

ADHERIDA A LA C.G.T. – PERSONERIA GREMIAL N° 456 Y 46/76 Ámbito Nacional


BENEFICIO POR MATRIMONIO – ART. 64

CONVENCION COLECTIVA DE TRABAJO N° 86 /89

VIGENTE DE ULTRA ACTIVIDAD

ARTÍCULO 64°: MATRIMONIO: La licencia y la asignación por matrimonio se regirán por las disposiciones legales en vigor.

La licencia podrá agregarse a las vacaciones anuales a pedido del contrayente.

BENEFICIO SOCIAL DEL GREMIO

Se le otorga sin cargo 7 (siete) días de Alojamiento con desayuno, en nuestra Colonia “La Nueva Argentina”, sita en Abraham Lincoln S/N, Camino El Caracol, de la localidad de Rio Ceballos, Provincia de Córdoba, para afiliados/as con más de 6 meses de antigüedad  al Sindicato con aportes actualizados.

Reservar con un mes de antelación en temporada baja (abril a diciembre).

En temporada alta (enero a marzo) este beneficio queda sujeto a disponibilidad de plazas y se debe tramitar en las mismas fechas en que se inscriben el resto de los afiliados/as.

El afiliado/a deberá acreditar afiliación actualizada y documentación legal a los fines de evitar distorsionar este importante beneficio.

                                                                          Pedro Victorio Zambelletti
Secretario General
U.P.F.P.A. R.A.